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Guarda las comunicaciones de ambas empresas y la fecha del cambio. Si ninguna permite que trabajes, solicita revisión inmediata: el desacuerdo entre ellas puede desembocar en un cese que tenga que impugnarse dentro de plazo.
1. Dos fundamentos que deben distinguirse
La subrogación legal del artículo 44 ET se produce cuando se transmite una empresa, centro o unidad productiva que mantiene su identidad. La norma atiende a una entidad económica organizada; no basta con mirar si cambia el logotipo de la nómina. Deben examinarse actividad, medios, organización y plantilla en el contexto del servicio. 1
La subrogación convencional nace de una cláusula del convenio aplicable. Puede establecer qué personal se incorpora, requisitos de adscripción y documentación que debe facilitarse. Leer solo el nombre del sector no es suficiente: importa el ámbito funcional, territorial y temporal del convenio, así como su redacción vigente.
Ambos fundamentos pueden concurrir. Una cláusula convencional no excluye automáticamente las garantías del artículo 44 cuando sus presupuestos se cumplen. Tampoco un pliego administrativo sustituye por sí solo el análisis laboral de la obligación de subrogar. La cuestión exige identificar la norma o el mecanismo concreto que impone la continuidad.
2. Qué ocurre con antigüedad y condiciones
Cuando opera el artículo 44, el cambio de titular no extingue por sí mismo la relación: el nuevo empresario se coloca en las obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior. La antigüedad no desaparece por firmar un documento de incorporación, y el mero cambio empresarial no convierte un contrato indefinido en temporal. 1
Revisa salario, jornada, categoría, vacaciones pendientes y derechos reconocidos. Si la sucesión se apoya en convenio, examina además el alcance exacto de esa cláusula. No presupongas que todas las condiciones se congelan para siempre: una modificación posterior tiene que analizarse por su causa, procedimiento y límites.
El artículo 44 también regula qué ocurre con el convenio aplicable tras la transmisión. Su continuidad tiene reglas y excepciones; no se resuelve eligiendo automáticamente el convenio menos favorable de la entrante o afirmando que el anterior nunca puede cambiar. 1
3. Documentos antes del cambio de empresa
Solicita información sobre fecha, motivos, consecuencias y medidas previstas. La norma impone obligaciones de información a la representación laboral y, cuando no existe, a las personas afectadas. Esa información debe llegar con la antelación legalmente exigible, no quedar sustituida por rumores de compañeros. 1
| Documento | Para qué sirve |
|---|---|
| Contrato y anexos | Identificar vínculo, jornada y adscripción al servicio. |
| Nóminas y vida laboral | Reconstruir salario, antigüedad y empresas intervinientes. |
| Cuadrantes y órdenes | Acreditar dónde y para quién se trabajaba realmente. |
| Convenio y cláusula de subrogación | Comprobar requisitos y documentación exigidos. |
| Comunicaciones de salida y entrada | Fijar qué decisión adopta cada empresa y cuándo. |
| Vacaciones y saldos pendientes | Evitar que derechos devengados desaparezcan del intercambio documental. |
En pantallas pequeñas, desliza la tabla para consultar todas las columnas.
No copies información de clientes o compañeros que no necesitas. Explica la relación de cada documento con tu puesto y conserva las versiones completas de lo que te entreguen.
4. Si ninguna empresa te incorpora
Que la saliente diga que perteneces a la nueva no acredita que esta haya asumido el contrato. Y que la entrante niegue la subrogación no demuestra que la saliente pueda dejar de darte trabajo. Deben identificarse todas las empresas y los fundamentos de la posible responsabilidad.
Deja constancia de tu disponibilidad y pide instrucciones concretas sobre centro, horario y persona responsable. Si te impiden acceder, documenta fecha, lugar y respuesta sin provocar un enfrentamiento. No conviertas una exclusión empresarial en una baja voluntaria ni aceptes sin revisión un documento que describa una decisión que no tomaste.
Cuando los hechos revelen un despido, la impugnación tiene un plazo general de veinte días hábiles judiciales. Puede ser necesario dirigirla frente a varias empresas para que se determine quién debe responder. Esperar a que ellas aclaren su contrato mercantil no conserva ese plazo. 1 2
5. Salarios anteriores y responsabilidades
En las transmisiones entre vivos sometidas al artículo 44, cedente y cesionario responden solidariamente durante tres años de obligaciones laborales anteriores impagadas, sin perjuicio de las reglas de Seguridad Social. Esa responsabilidad no debe confundirse con un plazo general de tres años para reclamar cualquier nómina: la acción salarial tiene su propia prescripción. 1
Prepara una relación de conceptos y periodos, pagos recibidos y reclamaciones realizadas. Si el cambio ocurre dentro de un concurso, pueden intervenir reglas específicas que exigen revisar la resolución de transmisión y el procedimiento concursal.
No mezcles deuda anterior, salario posterior y una eventual indemnización en una cifra única. La separación facilita determinar responsables, títulos y acciones. También permite revisar qué falta en el finiquito de la saliente sin tratar automáticamente ese documento como una extinción válida.
6. Ejemplo de un cambio de servicio
Ejemplo ficticio. Óscar limpia un edificio con la misma jornada desde hace cuatro años. Cambia la adjudicataria. La nueva le ofrece incorporarse reconociendo solo un mes de antigüedad y con prueba. La revisión debe empezar por el convenio aplicable, la continuidad del servicio y los elementos transmitidos. Firmar un documento nuevo no prueba que la relación pueda reiniciarse libremente.
Si además hay dos nóminas pendientes, deben analizarse por separado las deudas y la continuidad. Si no le dejan entrar, ese hecho obliga a revisar inmediatamente una posible acción de despido, aunque todavía se estén pidiendo documentos del concurso de adjudicación.
7. Errores que conviene evitar
No te bases exclusivamente en la cláusula de un pliego ni en la explicación telefónica de una empresa. Tampoco compares convenios de sectores distintos por el nombre comercial del cliente. El empleador, la actividad contratada y el trabajo real pueden conducir a conclusiones diferentes.
Otro error es aceptar vacaciones pendientes como disfrutadas cuando no lo fueron, o firmar una dimisión para facilitar la contratación de la entrante. Pide copia antes de firmar y distingue recepción, conformidad y renuncia. Si el cambio incorpora una reducción salarial o un traslado, revisa también el plazo específico de esa medida.
8. Preguntas frecuentes
¿Debo firmar un contrato nuevo?
Puede existir documentación de incorporación, pero una sucesión no exige borrar la relación anterior. Revisa qué reconoce y qué modifica antes de aceptar nuevas condiciones.
¿La nueva empresa puede ponerme a prueba?
Si continúa la misma relación por subrogación, debe cuestionarse que se la trate como una contratación desde cero. La respuesta depende de la continuidad y de la validez real del pacto. 1
¿A quién reclamo si ambas se desentienden?
Hay que identificar a todas las empresas potencialmente responsables y configurar la reclamación según los hechos. No conviene esperar a que se pongan de acuerdo para proteger tu acción.
9. Revisión de la subrogación
En Pérez & Burgos podemos estudiar el convenio, las comunicaciones y la situación del servicio. Indica la empresa saliente, la entrante, el cliente, la fecha de cambio y si sigues trabajando. Con esos datos concretaremos qué documentación falta y qué actuación requiere el caso.
Fuentes y referencias
- [1] Estatuto de los Trabajadores. 14, 42, 44 y 59.
- [2] Ley reguladora de la jurisdicción social. 63 a 65, 80, 103 y 104.
Información general. Actualización editorial: 28 de octubre de 2026. La norma aplicable, las fechas y la documentación del caso pueden cambiar la respuesta.