Primero: qué ley rige la herencia.
No existe una cuota de legítima idéntica para toda España. Antes de calcular hay que comprobar la ley sucesoria, quién tiene derecho y qué atribuciones ha recibido.
- Sucesión interna: la vecindad civil determina la sujeción al Derecho común o especial. No se deduce únicamente del empadronamiento o de dónde está la vivienda.
- Elementos internacionales: pueden intervenir la residencia habitual al fallecer y una elección válida de la ley nacional. La ubicación de un inmueble, por sí sola, no decide toda la sucesión.
- Derecho común: hijos y descendientes, ascendientes a falta de aquellos y cónyuge viudo tienen la protección que corresponda en cada supuesto. Sus derechos y su forma de satisfacción no son intercambiables.
Si hay otro país implicado, consulta también la guía de herencias internacionales.
No todas las discrepancias se reclaman igual.
- Has recibido menos de lo debido: puede proceder pedir el complemento de la legítima.
- El testamento perjudica la parte reservada: puede ser necesario reducir disposiciones excesivas.
- No apareces en el testamento: hay que estudiar si existe preterición y sus efectos; omisión y desheredación no son lo mismo.
- El testamento te deshereda o se discute su validez: la acción, la prueba y los plazos requieren un análisis específico.
Un requerimiento de pago no sustituye cualquiera de esas acciones. Tampoco permite exigir siempre dinero en lugar de bienes: depende del régimen aplicable y del caso.
El cálculo exige un inventario comprobado.
En el Código Civil común se parte del valor de los bienes que quedan al fallecer, se deducen las deudas y cargas que procedan, sin incluir entre ellas las impuestas en el testamento, y se computan las donaciones relevantes conforme a sus reglas. Después se revisan las atribuciones recibidas y las disposiciones que puedan reducirse.
- Bienes propios y compartidos: identifica qué parte pertenecía realmente al causante.
- Deudas y valoraciones: conserva saldos, títulos y documentos; una estimación no es una tasación.
- Donaciones y anticipos: reúne sus escrituras y condiciones; no se suman ni se descuentan todas del mismo modo.
- Situaciones especiales: usufructo del viudo, discapacidad y derechos de habitación pueden afectar al resultado.
Ejemplo de un error frecuente: si la vivienda pertenecía al causante solo en un 50 %, no se puede incluir automáticamente el 100 % de su valor en su herencia. Primero hay que comprobar la titularidad y, cuando corresponda, la liquidación del régimen matrimonial.
Utiliza el inventario privado de bienes y deudas para ordenar documentos. Esa ficha no acepta, reparte ni limita por sí sola la responsabilidad por deudas.
Qué documentos conviene reunir.
- Certificado de defunción, últimas voluntades y testamento o título sucesorio completo.
- Documentos de parentesco y matrimonio; antecedentes de vecindad civil y residencia, si son relevantes.
- Inventario, títulos de propiedad, saldos al fallecimiento, deudas y donaciones conocidas.
- Partición, adjudicaciones, pagos, recibís, renuncias y acuerdos ya firmados.
- Comunicaciones recibidas, requerimientos enviados y justificantes de entrega.
Para el primer contacto basta un resumen. Los documentos y datos personales se aportan por el canal privado que indique el despacho.
Revisión, reclamación y, si hace falta, demanda.
- Identificar derecho y acción. Validar ley sucesoria, legitimación, destinatarios, cálculo y prueba.
- Comprobar los plazos. Revisar fallecimiento, conocimiento de los hechos, partición, notificaciones y actuaciones anteriores. No hay un único plazo válido para toda reclamación sucesoria.
- Preparar la vía extrajudicial. Concretar petición y documentación y comprobar si debe acreditarse una negociación previa para una posterior demanda.
- Delimitar el encargo judicial. Si no hay acuerdo, valorar pretensión, prueba, costes y fase que se contrata.
El modelo de requerimiento de legítima es un borrador para revisión profesional. No lo envíes sin comprobar acción y plazo; una carta genérica no garantiza conservar todos los derechos.
Antes de aceptar, renunciar o disponer de bienes, revisa además qué comprobar si puede haber deudas.
Qué asistencia puedes solicitar.
- Revisión de documentos y viabilidad: determinar la ley, los derechos y los puntos pendientes.
- Reclamación extrajudicial: requerimiento y negociación dentro del alcance acordado.
- Defensa judicial: demanda o contestación y fase expresamente presupuestadas.
Ver alcance y honorarios de la reclamación de legítima →
Si la controversia afecta a la validez del testamento, consulta la impugnación de la validez del testamento. El despacho debe confirmar qué encargo corresponde; no se contratan dos servicios por el mismo trabajo.
Fuentes oficiales
- Código Civil: vecindad civil y conflictos internos, artículos 14 y 16
- Código Civil: legítimas, complemento y reducción, artículos 806 y siguientes
- Reglamento (UE) 650/2012: ley aplicable a las sucesiones internacionales
- Corrección de 2019: elección de ley para la sucesión en su conjunto
Información general revisada el 16 de octubre de 2026. La ley aplicable, los plazos y la actuación adecuada requieren comprobar los hechos y los documentos del caso.