Guía práctica · Extranjería

Contrato de trabajo para venir a España: permiso inicial

Una empresa puede iniciar la contratación de una persona extranjera, pero un contrato firmado no autoriza por sí solo a viajar, residir o trabajar. La vía inicial ordinaria por cuenta ajena tiene requisitos para la persona y para el empleador y, normalmente, continúa con un visado.

Quién solicita el permiso inicial por cuenta ajena, qué contrato sirve y cómo se enlazan autorización, visado, entrada y Seguridad Social.

Punto de partida

Quién solicita y cuándo encaja

La solicitud inicial la presenta el empleador o su representación ante el órgano competente por el lugar de trabajo. La persona trabajadora debe cumplir los requisitos personales y no encontrarse irregularmente en España. La situación nacional de empleo puede ser determinante: hay que comprobar el catálogo vigente de ocupaciones de difícil cobertura, la acreditación exigible de dificultad de contratación o una excepción legal. No basta que la empresa diga que prefiere a ese candidato. Existen particularidades por nacionalidad y circunstancias del artículo 40 de la Ley de Extranjería.

Paso 02

Contrato, salario y capacidad de la empresa

El contrato debe respetar el convenio, la jornada y las restantes condiciones laborales, con eficacia vinculada a la autorización y los trámites exigibles. Atención a una diferencia importante: en esta autorización inicial ordinaria, si el contrato es parcial, la retribución debe alcanzar al menos el SMI de jornada completa en cómputo anual, según el artículo 74. No se copia la proporcionalidad especial del arraigo sociolaboral. La empresa debe acreditar capacidad económica, cumplimiento tributario y de Seguridad Social y un puesto real. Las profesiones reguladas pueden exigir homologación o habilitación.

Paso 03

Documentación y secuencia del procedimiento

Prepara EX-03, identificación y representación empresarial, contrato, datos y pasaporte del trabajador, cualificación y prueba empresarial y de situación nacional de empleo o exención. El plazo ordinario de la autorización es de tres meses, con silencio negativo. Concedida, se inicia el visado en el consulado competente dentro del plazo aplicable, normalmente un mes desde la notificación al empleador. Después vienen recogida del visado, entrada, afiliación y alta en Seguridad Social y TIE. Cada hito tiene su propio plazo: el calendario no debe reducirse a una única fecha de caducidad.

Paso 04

Costes y precauciones

La tasa de residencia corresponde a la persona extranjera y la de trabajo, cuando proceda, al empleador, con los epígrafes 052 y 062 aplicables. Añade visado, documentos extranjeros y tarjeta; los honorarios profesionales son un concepto aparte. No trabajes mientras solo existe una oferta o solicitud sin habilitación específica. Si la empresa retira el puesto o cambian condiciones antes del alta, revisa la posibilidad y el procedimiento de cambio: una autorización concedida no permite ignorar las condiciones que justificaron la decisión.

Ejemplo para situar el problema

Una oferta de veinte horas puede cumplir el mínimo de jornada del arraigo sociolaboral y, sin embargo, no cumplir la exigencia económica de una autorización inicial ordinaria por cuenta ajena. El comprobador debe preguntar primero qué procedimiento se tramita.

Preguntas frecuentes

Respuestas breves antes de preparar el expediente.

¿Puedo entrar como turista y empezar mientras tramitan?

No. La entrada turística no habilita a trabajar y la vía ordinaria exige cumplir su situación de acceso.

¿Sirve un contrato de veinte horas pagado proporcionalmente?

No necesariamente: esta autorización tiene la regla especial de salario anual mínimo de jornada completa para contratos parciales.

¿Me puede cobrar la empresa su tasa de trabajo?

La tasa de autorización de trabajo corresponde al sujeto obligado empleador y no debe trasladarse a la persona trabajadora.

Recursos útiles

Continúa con el documento o la comprobación adecuada.

Fuentes oficiales consultadas: Real Decreto 1155/2024, Reglamento de Extranjería, texto consolidado; Hoja 12: autorización inicial por cuenta ajena; Orden PJC/617/2025, tasas de extranjería; Real Decreto 126/2026, salario mínimo interprofesional.

Base legal indicada por el material de trabajo: RD 1155/2024, arts. 72-77; LO 4/2000, arts. 36, 38 y 40; Orden PJC/617/2025. Los requisitos, tasas, canales y plazos deben verificarse para el expediente y fecha concretos.