Qué información y prueba conviene conservar cuando se solicita, acuerda o notifica una prohibición de aproximación o comunicación.
Primer análisis
Qué conviene comprobar.
- Qué resolución se ha notificado y qué conductas prohíbe.
- Distancia, lugares, comunicaciones y duración indicadas.
- Hechos recientes y elementos que permiten valorar el riesgo.
- Existencia de hijos, domicilios o rutinas que requieren coordinación judicial.
Recorrido práctico
Cómo ordenar el siguiente paso.
- 01
Leer la medida
Conservar la resolución completa y aclarar cualquier condición dudosa.
- 02
Planificar cumplimiento
Evitar lugares y canales afectados y documentar incidencias sin responder.
- 03
Comunicar riesgos
Usar policía, juzgado o asistencia letrada cuando exista incumplimiento o peligro.
Documentación
Qué conviene reunir.
- Resolución y constancia de notificación.
- Mensajes, llamadas y archivos originales relevantes.
- Partes médicos o intervenciones policiales.
- Datos de lugares o rutinas afectados por la medida.
Evita perder información
Errores frecuentes.
- Aceptar encuentros pensando que el consentimiento privado elimina la prohibición.
- Responder a mensajes y borrar después la conversación.
- Usar terceras personas para mantener comunicaciones prohibidas.
Ante peligro actual o incumplimiento, llama al 112 o a las fuerzas de seguridad. La consulta online no sustituye la respuesta de emergencia.
Continúa con contexto
Recursos relacionados.
Fuentes oficiales: Ley de Enjuiciamiento Criminal; Código Penal; Estatuto de la víctima del delito; Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Esta guía ofrece información general. No calcula por sí sola plazos, no interpreta una resolución concreta y no sustituye una revisión profesional.