Qué diferencia una denuncia de una querella, qué función cumple cada vía y qué información debe ordenarse antes de iniciar una actuación penal.
Primer análisis
Qué conviene comprobar.
- Qué hechos concretos se atribuyen, a quién y con qué fechas.
- Qué prueba existe y cuál depende de terceros.
- Si el hecho necesita denuncia de la persona afectada para perseguirse.
- Qué objetivo se persigue y si existe además una vía civil, laboral o administrativa.
Recorrido práctico
Cómo ordenar el siguiente paso.
- 01
Ordenar hechos
Separar lo visto personalmente de lo conocido por otras personas.
- 02
Preservar prueba
Guardar originales, datos de testigos y trazabilidad de archivos.
- 03
Elegir forma
Valorar denuncia, querella, personación posterior u otro cauce según el caso.
Documentación
Qué conviene reunir.
- Cronología con lugares y personas.
- Archivos originales y no solo capturas recortadas.
- Partes médicos, contratos o justificantes relacionados.
- Datos de procedimientos o denuncias previas.
Evita perder información
Errores frecuentes.
- Añadir calificativos o conclusiones que no describen hechos.
- Denunciar para presionar en un conflicto puramente contractual.
- Difundir acusaciones antes de valorar sus consecuencias.
Si hay riesgo actual, violencia, desaparición de prueba o proximidad de una actuación, debe valorarse de inmediato el canal de protección o conservación adecuado.
Continúa con contexto
Recursos relacionados.
Fuentes oficiales: Ley de Enjuiciamiento Criminal; Código Penal; Estatuto de la víctima del delito.
Esta guía ofrece información general. No calcula por sí sola plazos, no interpreta una resolución concreta y no sustituye una revisión profesional.