El documento separa el texto editable de la guía de revisión. Completa solo hechos y datos comprobados, elimina las alternativas que no correspondan y conserva prueba de la entrega.
Qué incluye
- A [DEPENDENCIA POLICIAL / FISCALÍA / SECCIÓN COMPETENTE DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE LOCALIDAD, SEGÚN CORRESPONDA]
- EXPONE
- SOLICITA
Qué debes reunir
- Identificación y, si procede, acreditación de representación.
- Cronología, datos de personas y testigos conocidos.
- Partes médicos, facturas, contratos, justificantes de pagos y fuentes digitales disponibles.
- Copia de denuncias previas o resoluciones relacionadas.
Renombra el archivo, completa los campos señalados y guarda una versión limpia y el justificante.
Cuándo exige especial cuidado
- No es una querella ni una personación como acusación particular. No sirve como defensa del investigado, recurso, reclamación civil autónoma ni garantía de apertura de juicio.
- Denunciar hechos inventados o simular delitos; los artículos 456 y 457 CP prevén responsabilidad.
- Retocar archivos, omitir contexto relevante o presentar una estimación como daño definitivo.
- Firmar una renuncia a acciones o creer que retirar la denuncia termina siempre el proceso.
- Esperar a reunir una prueba perfecta si hay urgencia, desaparición o riesgo de pérdida de evidencias.
Destino o canal habitual: Abogado antes de presentar si puede existir responsabilidad propia, delitos privados, conflicto societario, menores, violencia sexual, denuncia cruzada o hechos complejos. No se exige abogado ni procurador para una denuncia ordinaria; la querella y la personación tienen reglas distintas.. Comprueba siempre si existe formulario o sede obligatoria.
Fuentes oficiales
- Ley de Enjuiciamiento Criminal
- Ley Orgánica 10/1995, Código Penal
- Ley 4/2015, Estatuto de la víctima del delito, texto consolidado
- Oficina Virtual de Denuncias: límites del servicio y urgencias
Revisión documental: 13 de septiembre de 2026. La descarga no crea una relación abogado-cliente ni garantiza la admisión o el resultado.