Calculadora laboral gratuita

Calcula indemnización y finiquito en un mismo resultado.

Elige el escenario de extinción, indica fechas y salario y añade, si quieres, vacaciones y cantidades pendientes. Obtendrás cada concepto por separado.

DespidosFiniquitoCalculadora completa
7 escenariosImprocedencia, objetivo, artículos 40, 41 y 50, fin temporal y extinción sin indemnización.

Cálculo conjunto

Primero la extinción; después, lo pendiente.

La herramienta cuantifica el escenario que selecciones. No decide por sí sola cómo debe calificarse jurídicamente el cese.

1
Relación laboral

Fechas y escenario

2
Salario regulador

Salario y pagas

3
Liquidación opcional

Finiquito y cantidades pendientes

Las fechas, salarios e importes se procesan únicamente en este dispositivo. No se incorporan a un expediente ni se envían al despacho.

Esta calculadora permite comparar las principales indemnizaciones legales por extinción y añadir la liquidación de cantidades pendientes. El resultado cuantifica datos: no decide si la causa comunicada es válida, improcedente o nula.

Qué escenarios calcula

Incluye la improcedencia —con el régimen transitorio de contratos anteriores al 12 de febrero de 2012—, la extinción del artículo 50, el despido objetivo o colectivo, la extinción por traslado, la modificación sustancial, determinados contratos temporales y los supuestos sin indemnización en los que solo existe finiquito.

Indemnización y finiquito no son lo mismo

La indemnización compensa determinadas formas de extinción. El finiquito liquida lo ya generado: salario pendiente, vacaciones, pagas extraordinarias, preaviso cuando proceda y otras cantidades. Puedes tener derecho a ambos, únicamente al finiquito o a una indemnización distinta de la que inicialmente reconoce la empresa.

Por qué importa el salario regulador

La indemnización parte del salario bruto anual computable, incluidas las pagas extraordinarias. Por eso puedes introducir directamente el bruto anual o construirlo desde el salario mensual y las pagas separadas. Comisiones, bonus, retribución en especie o conceptos discutidos pueden exigir una revisión individual.

El escenario elegido no califica el despido.

Una carta que diga “objetivo” puede ser impugnada y una extinción del artículo 50 normalmente exige resolución judicial. La herramienta muestra cuánto resultaría si se aplica el supuesto seleccionado.

Qué requiere una revisión específica

  • Fijos discontinuos, periodos de inactividad o intervalos no computables.
  • Relaciones laborales especiales y reglas particulares del trabajo en el hogar.
  • Antigüedad discutida, subrogaciones, sucesión de contratos o reducción de jornada protegida.
  • Variables, comisiones, bonus, salario en especie, convenios o pactos que mejoren la ley.
  • Nulidad, readmisión, salarios de tramitación, daños adicionales y fiscalidad.

Preguntas frecuentes

¿La calculadora decide si mi despido es improcedente?

No. Cuantifica ese escenario. La calificación depende de la carta, la causa, la prueba, el procedimiento y las circunstancias protegidas del caso.

¿Puedo calcular un despido objetivo?

Sí. Selecciona el escenario de veinte días por año. El resultado no confirma que la causa objetiva esté acreditada ni que se hayan cumplido los requisitos formales.

¿Tengo que incluir el finiquito?

No. Puedes desactivar ese bloque y obtener solo la indemnización. Si no existe indemnización —por ejemplo, en una baja voluntaria— puedes seleccionar ese escenario y calcular únicamente el finiquito dentro de esta misma herramienta.

¿El fin de cualquier contrato temporal genera doce días por año?

No. Existen exclusiones y reglas específicas. Selecciona esa opción solo si la modalidad concreta genera indemnización y comprueba contrato, causa y normativa aplicable.

Información jurídica general · Actualizada el 15 de agosto de 2026. Verifica el contrato, la carta, las nóminas y el convenio antes de tomar decisiones.

Fuentes oficiales: Estatuto de los Trabajadores, artículos 40, 41, 49, 50, 53 y 56 y disposición transitoria undécima, y herramienta oficial del CGPJ. Los resultados no son vinculantes.