Liquidación al terminar el contrato

Un finiquito no se comprueba por el total: se revisa concepto por concepto.

Salario del último periodo, vacaciones, pagas extraordinarias, variables y otras cantidades pueden quedar pendientes aunque la relación laboral haya terminado.

1 añoes el plazo general para reclamar percepciones económicas laborales desde que pudieron exigirse.

El finiquito es la liquidación económica al terminar la relación laboral. La empresa debe acompañar la denuncia o preaviso de extinción con una propuesta de liquidación de las cantidades adeudadas, pero esa propuesta puede contener errores o no incluir todo lo devengado.

Qué puede incluir el finiquito

  • Salario correspondiente a los días trabajados del último mes.
  • Vacaciones generadas y no disfrutadas.
  • Parte proporcional de pagas extraordinarias si no estaban prorrateadas.
  • Comisiones, incentivos, bonus u horas pendientes cuando procedan.
  • Complementos previstos en contrato, nómina o convenio colectivo.
  • Otras cantidades reconocidas y todavía no abonadas.

El contenido exacto depende del contrato, el convenio, la estructura salarial y la forma en que termina la relación. Un saldo negativo por anticipos, vacaciones disfrutadas en exceso u otros conceptos también debe estar justificado.

Finiquito e indemnización no son lo mismo

Finiquito

Liquida derechos económicos ya generados. Existe con independencia de que el cese sea baja voluntaria, fin de contrato o despido.

Indemnización

Compensa determinados ceses. Su existencia y cuantía dependen de la modalidad de extinción y de su calificación.

Por eso una empresa puede pagar correctamente el finiquito y calcular mal la indemnización, o al contrario. También puede existir una reclamación por despido con un plazo de veinte días hábiles y otra de cantidad con un plazo distinto.

Qué hacer si te piden firmar

Si no has podido comprobar la cifra, puede indicarse «recibido, no conforme» y la fecha real de entrega. Si el dinero todavía no se ha percibido, conviene evitar una expresión que afirme lo contrario. El Estatuto reconoce el derecho a solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores al firmar el recibo del finiquito.

El texto del documento importa.

No es igual acusar recibo de una propuesta que firmar un acuerdo transaccional con renuncias. Antes de asumir que puedes reclamar después, hay que leer exactamente qué se firmó y en qué circunstancias.

Cómo reclamar un finiquito no pagado

  1. Reconstruir el cálculoContrato, convenio, nóminas, vacaciones, pagas y variables.
  2. Reclamar por escritoIdentificar los conceptos, periodos y cantidades, dejando prueba del envío.
  3. Presentar conciliaciónCon carácter general, se intenta la conciliación administrativa antes del proceso laboral.
  4. Demandar si no hay pagoLa pretensión debe concretar hechos, conceptos y cuantías reclamadas.
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Año de prescripción general

El plazo se cuenta desde que cada cantidad pudo reclamarse. No conviene esperar al último mes ni confiar en promesas verbales.

Documentos para comprobar la liquidación

  • Contrato y anexos.
  • Nóminas, especialmente las de los doce últimos meses.
  • Convenio colectivo aplicable.
  • Registro de vacaciones y jornada si existe discusión.
  • Carta de despido, fin de contrato o comunicación de baja.
  • Documento de liquidación y justificantes bancarios.
  • Prueba de objetivos, ventas, comisiones o bonus.

Preguntas frecuentes

¿La empresa puede pagar el finiquito más tarde?

Las cantidades deben abonarse cuando resulten exigibles. Una demora injustificada permite reclamar el principal y, según la naturaleza de cada cantidad, los intereses que procedan.

¿Tengo finiquito si dimito?

Sí puede existir liquidación de salario, vacaciones y pagas pendientes. Lo que normalmente no existe por una baja voluntaria es indemnización por extinción, sin perjuicio de otros supuestos legales.

¿Puedo reclamar el despido y el finiquito a la vez?

Sí, según el caso pueden acumularse pretensiones, pero los plazos no son iguales. La impugnación del despido tiene un plazo general de veinte días hábiles.

Información jurídica general · Actualizada el 14 de agosto de 2026. Consulta las fuentes oficiales indicadas y verifica el encaje del caso concreto.

Fuentes oficiales: Estatuto de los Trabajadores, arts. 49 y 59, y Ley reguladora de la jurisdicción social. Información general; el convenio, el documento firmado y cada concepto pueden cambiar el análisis.