Temporada no equivale a cualquier contrato temporal
El trabajo de temporada tiene un régimen migratorio propio de actividad, duración, compromisos y retorno. Un contrato con fecha final no permite utilizarlo sin más. Identifica empresa, puesto, campaña, lugar de trabajo y la modalidad de autorización solicitada.
La gestión colectiva de contrataciones en origen, GECCO, añade su marco y orden anual. Sus reglas pueden variar por año y modalidad. No prometas una plaza o permiso por inscribirse en una oferta privada, pagar intermediación o aportar una carta empresarial.
Qué debe acreditar la empresa
Revisa la oferta real, las condiciones laborales, la capacidad empresarial y las obligaciones de alojamiento, desplazamiento y protección que correspondan al régimen. El contrato y los compromisos de la autorización deben ser coherentes. Las condiciones mínimas laborales no desaparecen porque se trate de una campaña.
La STS 868/2026 anuló el párrafo tercero del artículo 101.1 relativo a la prohibición a empresas de trabajo temporal. No eliminó los restantes requisitos ni autoriza por sí sola cualquier estructura de contratación o cesión. Hay que revisar la empresa y actividad concretas.
Cambios de empleador y concatenación
El régimen contempla supuestos y cauces para cambios y concatenación de actividades. No debe comenzarse con otra empresa pensando que cualquier contrato nuevo queda cubierto. Comprueba autorización, condiciones, comunicaciones y decisiones exigibles.
Si la empresa incumple, cancela la campaña o modifica condiciones, conserva mensajes, contrato, nóminas y datos de alojamiento. Pueden existir derechos laborales y actuaciones migratorias conectadas. El objetivo es protegerlos sin perder las obligaciones que realmente continúen vigentes.
Visado, entrada, actividad y retorno
Revisa cada fase y su fecha: concesión, visado, entrada, alta, periodo autorizado y retorno. Un permiso plurianual de temporada no significa residencia y trabajo continuados sin límites durante todos los meses de esos años. Los compromisos de retorno se comprueban documentalmente.
Antes de aceptar una gestión, el despacho debe delimitar qué empresa y expediente puede asumir y qué gastos quedan fuera. Una consulta sirve para revisar la oferta y el régimen; no vende contratos, puestos de trabajo ni citas administrativas.
Documentos que conviene preparar
- Oferta, contrato y empresa identificados
- Resolución, visado y calendario de campaña
- Alojamiento y desplazamientos comprometidos
- Incidencias, cambios de empresa y retorno acreditado
Ejemplo ficticio para situar el problema
Un trabajador recibe un permiso vinculado a campañas durante varios años y cree que puede quedarse trabajando todo el año. Debe leer los periodos y condiciones de actividad y retorno de su régimen.
Preguntas habituales
¿Cualquier contrato de tres meses es temporada?
No. La autorización tiene requisitos y finalidad específicos.
¿El despacho vende ofertas de empleo?
No. Se revisan o tramitan actuaciones jurídicas dentro del encargo aceptado.
¿La sentencia permite cualquier ETT?
Anuló una prohibición concreta; los demás requisitos siguen exigiendo revisión.
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Fuentes oficiales y alcance
RD 1155/2024, títulos V y VI; STS 868/2026.
Información jurídica general revisada el 15 de octubre de 2026. Comprueba el texto vigente, los formularios y el supuesto concreto antes de presentar. Los ejemplos son ficticios.
Revisión con abogado
Prepara el siguiente paso con el despacho
Reúne oferta, contrato y empresa identificados y una cronología de los hechos. Podemos revisar la vía, la prueba disponible y la actuación que corresponda a tu situación.
Consulta online sin estudio documental: 49,90 €. Con estudio documental: 121 €*. IVA incluido. Escritos, trámites y defensa posterior se contratan aparte.
* La documentación especialmente voluminosa o compleja puede requerir un presupuesto adicional, que se comunicará para su aceptación antes de realizar ese trabajo.