El tipo de estudios importa
El artículo 23.1.a del Estatuto de los Trabajadores reconoce los permisos necesarios para concurrir a exámenes a quien curse regularmente estudios para obtener un título académico o profesional. Identifica el centro, los estudios y la prueba. Una matrícula universitaria o de formación profesional y su convocatoria permiten documentar el supuesto.
No basta que una prueba se llame oficial: una oposición, un permiso de conducir o un curso aislado no se incluyen automáticamente. Si eres personal funcionario, hay que acudir a tu regulación de empleo público; esta guía parte de una relación laboral regida por el Estatuto.
Concreta examen, jornada y desplazamiento
La solicitud debe explicar qué tiempo necesitas y su coincidencia con el trabajo. El convenio puede regular el ejercicio o mejorar la duración. La ley no establece aquí una bolsa general de días ni concede automáticamente el día entero por cualquier examen.
Ejemplo: trabajas de 9 a 17 y la prueba se celebra de 12 a 14 en otro centro. Adjunta convocatoria, explica el trayecto necesario y estima el regreso. La ausencia debe corresponder al examen y al desplazamiento justificable; no a días anteriores para estudiar. Si la prueba se celebra fuera de tu jornada, revisa qué necesidad concreta o mejora convencional estás solicitando.
La SAN 100/2026 interpreta el permiso legal como retribuido
La Audiencia Nacional, en sentencia 100/2026 de 1 de junio, ECLI:ES:AN:2026:2521, concluye mediante interpretación sistemática y finalista que el permiso del artículo 23.1.a es retribuido. Partiendo de esa interpretación legal, aplica después el convenio del Grupo Acciona Energía. No lo fundamenta únicamente en una mejora del convenio.
La resolución decide un conflicto colectivo y admite casación. No es una sentencia del Tribunal Supremo y a 1 de octubre de 2026 no se ha verificado su firmeza ni un recurso posterior. Es un criterio relevante para apoyar la petición, cuya aplicación concreta exige revisar estudios, hechos y convenio. El modelo solicita reconocimiento retribuido y respuesta escrita si existe discrepancia.
Qué presentar y qué conservar
- Matrícula o acreditación de que cursas los estudios y del título al que conducen.
- Convocatoria con fecha, horario, lugar o modalidad del examen.
- Jornada de trabajo y tiempo de ausencia que necesitas, con desplazamiento cuando corresponda.
- Solicitud enviada y prueba de su recepción; después, justificante de asistencia.
Respeta el aviso previsto en el convenio o procedimiento aplicable. El artículo 23 no fija para este permiso un preaviso universal de quince días. No adjuntes notas, documentos médicos ni otros datos ajenos a la petición. Antes de enviar el Word, completa los campos y elimina su página de instrucciones.
Qué revisar si lo deniegan o descuentan salario
Guarda respuesta y nómina junto con la convocatoria y los justificantes. Una negativa al permiso, un descuento salarial, una sanción y un despido no son la misma actuación ni tienen necesariamente la misma vía o plazo. Solicitar revisión al despacho no suspende por sí solo un plazo.
Si el examen es próximo, indica la fecha. Antes de decidir cómo ausentarte ante una discrepancia, pide revisión del supuesto y del convenio: el modelo no autoriza automáticamente una ausencia. Si ya han sancionado o despedido, revisa esa comunicación por separado.
Exámenes y horas de formación son derechos distintos
Las veinte horas anuales del artículo 23.3 tienen requisitos propios, como antigüedad y formación vinculada a la actividad empresarial. No son una bolsa que sustituya sin más al permiso para exámenes. La formación necesaria para adaptarte a cambios del puesto, del artículo 23.1.d, corre a cargo de la empresa y computa como trabajo efectivo.
Preguntas frecuentes
¿El permiso para exámenes es retribuido?
La SAN 100/2026 interpreta como retribuido el permiso del artículo 23.1.a ET. Es una sentencia de la Audiencia Nacional, dictada en conflicto colectivo, cuya firmeza y recurso posterior no se han verificado a 1 de octubre de 2026. El convenio y el supuesto deben revisarse.
¿Puedo pedir días para estudiar?
El permiso legal para concurrir a exámenes no reconoce automáticamente días previos de estudio. Comprueba si el convenio establece una mejora específica.
¿Cuánto tiempo puedo ausentarme?
El tiempo necesario para concurrir al examen, valorando la coincidencia con jornada, desplazamiento justificado y convenio. No hay un día entero automático para toda prueba.
¿El modelo sirve para una oposición o un carné?
No se presume ese encaje. El artículo 23.1.a exige estudios cursados regularmente para obtener un título académico o profesional; revisa la prueba y el convenio antes de utilizarlo.
Revisión: 1 de octubre de 2026. Información general; el convenio y el caso concreto pueden cambiar la valoración.
Fuentes oficiales: Estatuto de los Trabajadores, artículo 23; SAN 100/2026, ECLI:ES:AN:2026:2521, texto oficial.