Cuándo usar cada alternativa
La plantilla incluye una versión bilateral, si ambas partes firman, y una declaración unilateral con índice de pruebas cuando no existe firma conjunta. Debe conservarse el justificante de recepción y el contenido íntegro de la invitación.
Cuando falta la firma conjunta
La declaración unilateral por sí sola no prueba la recepción. Debe acompañarse de burofax, correo certificado, respuesta u otra evidencia objetiva.
Estas alternativas se refieren a negociación directa. Si una tercera persona neutral gestionó la negociación, solicita el documento que debe expedir conforme al artículo 10.3 de la LO 1/2025: estas declaraciones no lo sustituyen. El transcurso de tres meses desde la primera reunión no basta para dar por terminada la negociación cuando ambas partes acuerdan continuarla.
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Antes de utilizarlo
Elige la versión bilateral o la unilateral y elimina la otra. Identifica las partes, el objeto negociado y las fechas, y conserva los justificantes de recepción o de respuesta. El documento acredita el intento y su terminación: no debe revelar las ofertas y concesiones confidenciales.
Información jurídica general. Revisión jurídica: 16 de octubre de 2026.