Calculadora orientativa 2026

El daño se cuantifica. La responsabilidad se demuestra.

Estima lesiones, secuelas y perjuicios económicos, comprueba el plazo orientativo y detecta qué piezas de prueba faltan antes de reclamar a una Administración.

3 planosImporte, plazo y prueba. Ninguno sustituye a los otros dos.

Una lesión o pérdida no genera por sí sola responsabilidad de la Administración: el daño debe ser efectivo, evaluable, individualizado y no existir el deber jurídico de soportarlo.

Qué calcula y qué deja fuera

La estimación suma perjuicio personal temporal, secuelas, operaciones y cantidades patrimoniales introducidas. No decide si el servicio funcionó de forma normal o anormal, si existe fuerza mayor, si intervino un tercero o si la persona tenía el deber de soportar el daño.

El plazo general de un año

La Ley 39/2015 establece, con carácter general, un año. En daños físicos o psíquicos el cómputo comienza desde la curación o desde la determinación del alcance de las secuelas. La fecha mostrada es una referencia prudencial: actuaciones previas, daños continuados, interrupciones o reglas especiales requieren análisis individual.

La reclamación debe construir el nexo causal

  • Identificar el servicio público y el funcionamiento que se considera causante.
  • Situar el hecho con fotografías, avisos, partes, testigos o registros.
  • Conectar temporal y médicamente el hecho con las lesiones.
  • Cuantificar el daño y justificar cada gasto o pérdida.
  • Explicar por qué el daño es individualizado y antijurídico.

El baremo de tráfico como referencia

Para muerte o lesiones corporales, la Ley 40/2015 permite tomar como referencia los baremos vigentes en materia de seguros obligatorios y Seguridad Social. Esa remisión no convierte automáticamente toda reclamación administrativa en un accidente de circulación ni resuelve la causalidad.

Fuentes normativas: artículos 32 y 34 de la Ley 40/2015 y artículo 67 de la Ley 39/2015. Cuantías del sistema de valoración actualizadas a 2026.

Preguntas frecuentes

¿La fecha que aparece es definitiva?

No. Es una referencia calculada con los datos introducidos y no contempla todas las incidencias capaces de modificar el cómputo.

¿Puedo reclamar una caída en la vía pública?

Puede reclamarse si el daño se vincula al funcionamiento del servicio y se acredita suficientemente. La mera caída no determina por sí sola responsabilidad municipal.

¿Debo tener una pericial?

No es imprescindible en todos los asuntos, pero puede ser decisiva cuando se discuten secuelas, causalidad técnica o cuantías relevantes.

Información jurídica general · Actualizada el 15 de agosto de 2026. No sustituye el estudio del expediente.

Preparar antes de presentar

Una reclamación útil explica qué pasó, por qué responde la Administración y cuánto se pide.

Podemos revisar la competencia, el plazo, la prueba y la estrategia antes de que presentes una versión incompleta.