De la cotización a la mensualidad

La base del paro no es tu última nómina ni lo que recibes en la cuenta.

Se promedian las bases por desempleo de los últimos 180 días cotizados. Después se aplican porcentajes, límites y descuentos.

LaboralCalculadoraBase reguladora
180 díasPeriodo utilizado para obtener el promedio de las bases de desempleo.

Duración y cuantía parten de datos diferentes: los días cotizados fijan cuánto tiempo se cobra; las bases de los últimos 180 días fijan la mensualidad.

Qué dato debes buscar

La base reguladora de desempleo se obtiene a partir de las bases por las que se cotizó por esa contingencia. Pueden consultarse en las nóminas, certificados e informes de bases. No debe utilizarse el salario líquido, porque ya refleja impuestos, cotizaciones y otras deducciones personales.

El salario bruto tampoco coincide siempre con la base: pueden existir conceptos excluidos, topes, retribución en especie, pagas y otras partidas. Si se introduce una cifra incorrecta, el porcentaje se aplicará bien sobre una base equivocada.

Promedio de los últimos 180 días cotizados

Se toman los últimos 180 días cotizados dentro del periodo que sirve para la prestación. Si las bases variaron, deben ponderarse los días correspondientes a cada una. La calculadora solicita una base media mensual para simplificar la entrada, pero ese promedio debe haberse obtenido previamente de información real.

La retribución de las horas extraordinarias queda excluida con independencia de su cotización. El certificado de empresa tampoco debe incorporarla al dato utilizado para este cálculo.

No multipliques la última base por seis si hubo cambios.

Reducciones de jornada, variaciones salariales, varios empleos o periodos parciales exigen promediar las bases efectivas de cada día.

70 % y 60 %

Sobre la base reguladora se aplica el 70 % durante los primeros 180 días de prestación. Desde el día 181 se aplica el 60 %. Una persona con solo 120 días reconocidos permanecerá todo el tiempo en el primer porcentaje; una prestación de 360 días tendrá dos tramos.

El cambio de porcentaje no modifica la base reguladora original. Cambia la proporción aplicada sobre ella, salvo que opere un límite mínimo o máximo.

Límites mínimos y máximos

La cuantía calculada se somete a topes vinculados al IPREM, a los hijos a cargo y a la jornada media. Una base alta puede quedar limitada por el máximo; una base baja puede elevarse hasta el mínimo si se cumplen los requisitos.

En 2026, nuestra calculadora de prestación aplica los importes publicados por el SEPE y permite seleccionar cero, uno o dos o más hijos. También ajusta los topes al porcentaje medio de jornada indicado. El reconocimiento oficial corresponde siempre al organismo gestor.

Del bruto estimado al importe neto

La prestación contributiva está sujeta a la aportación del trabajador a la Seguridad Social. El SEPE descuenta actualmente el 4,83 % y puede practicar retención de IRPF según las circunstancias. Por eso una cuantía bruta de 1.200 € no equivale a un ingreso neto de 1.200 €.

La calculadora muestra por separado bruto, cotización, IRPF indicado y neto aproximado. No puede conocer de antemano la retención exacta que aplicará el SEPE ni regularizaciones posteriores.

Ejemplo con dos tramos

Con una base reguladora mensual de 1.800 €, el 70 % inicial sería 1.260 € y el 60 % posterior 1.080 €, antes de topes y descuentos. Si existe un hijo a cargo, se aplican los límites correspondientes a esa situación; si la jornada media fue parcial, los límites pueden reducirse.

El ejemplo solo cuantifica. Para cobrar debe existir situación legal de desempleo, cotización suficiente y solicitud válida.

Preguntas frecuentes

¿Dónde veo la base de desempleo?

En la nómina y en informes de bases de cotización. Comprueba que utilizas la contingencia y el periodo correctos.

¿Las pagas extraordinarias están incluidas?

La cotización mensual suele incorporar su prorrata. No deben sumarse otra vez si ya forman parte de la base.

¿Qué ocurre con varios trabajos?

Las bases de los contratos relevantes pueden intervenir en el promedio y en la compatibilidad. Requiere un cálculo conjunto.

¿El 60 % se aplica desde el séptimo mes?

Se aplica desde el día 181 de prestación, que de forma aproximada corresponde al inicio del séptimo mes.

Información jurídica general · Revisada el 16 de agosto de 2026.

Fuentes oficiales: SEPE: cuantía contributiva, SEPE: topes de 2026 y artículo 270 LGSS.