Guía de decisión
No todas las cartas de Hacienda se recurren igual
Revisa base, cálculo y procedimiento
Identifica periodo, concepto, hechos regularizados y si la liquidación es provisional o definitiva.
Analiza culpabilidad y prueba
La defensa no se limita a discutir la cuota: tipicidad, motivación y culpabilidad requieren revisión propia.
Los motivos están delimitados
Una providencia de apremio no reabre sin más todos los argumentos contra la liquidación originaria.
Comprueba presupuesto y responsabilidad
Exige revisar deuda principal, alcance, conducta atribuida, audiencia y documentación societaria.
Guía de decisión
Reposición o reclamación económico-administrativa
Reposición tributaria
Es potestativa y se presenta ante el órgano que dictó el acto. Si se elige, debe resolverse expresamente o poder entenderse desestimada antes de promover la reclamación económico-administrativa contra el mismo acto.
Plazo ordinario: un mes.TEAR o TEAC
La reclamación económico-administrativa abre una revisión por el tribunal competente. Puede presentarse directamente cuando proceda o después de la reposición.
Plazo ordinario de interposición: un mes.No son dos casillas simultáneas
Si reposición y reclamación se presentan contra el mismo acto dentro de plazo, la LGT ordena tramitar la primera y declarar inadmisible la segunda.
La secuencia elegida afecta al calendario.Después puede existir contencioso
La resolución económico-administrativa y su notificación determinan el recurso judicial, órgano competente y plazo.
La vía judicial exige revisar postulación y costes.Guía de decisión
La pregunta separada: ¿cómo evito la ejecución?
La LGT regula por separado la suspensión en reposición y en vía económico-administrativa. La suspensión automática exige solicitud y garantía del importe, intereses y recargos en los términos legales; existen otros supuestos que requieren un análisis específico.
- Cuantía exacta recurrida y parte que, en su caso, no se discute.
- Fin del periodo voluntario y riesgo de recargos o ejecución.
- Garantía disponible y coste financiero.
- Si se trata de sanción o de otro acto con especialidad propia.
- Daños de difícil reparación o error material, aritmético o de hecho.
- Continuidad de la suspensión al pasar de reposición a la vía económico-administrativa.
Guía de decisión
Construye una ficha antes de redactar
- Acto
- Tipo, referencia, importe y periodo.
- Órgano
- Quién lo dictó y quién revisa.
- Notificación
- Fecha, canal y justificante completo.
- Último día
- Cómputo revisado con calendario.
- Vía
- Reposición o reclamación económico-administrativa.
- Suspensión
- Modalidad, garantía y documentación.
Cada motivo debe unir cuatro elementos: hecho discutido, documento que lo prueba, norma o criterio aplicable y consecuencia solicitada. Un escrito muy largo sin esa relación puede ocultar el argumento decisivo.
Guía de decisión
Recorrido desde la notificación hasta el resultado
- 01
Descarga acto y expediente
Conserva CSV, anexos, propuesta previa, alegaciones y justificantes de notificación.
- 02
Fija el plazo y el pago
Separa el calendario del recurso, el periodo voluntario y la decisión sobre suspensión.
- 03
Elige la vía
Valora reposición o reclamación directa según órgano, expediente, prueba y objetivo.
- 04
Presenta suspensión cuando proceda
Identifica garantía o fundamento y adjunta la documentación exigible.
- 05
Formula motivos verificables
Numera documentos y vincula cada uno con el hecho que pretende demostrar.
- 06
Controla resolución y ejecución
Revisa estimación, anulación, retroacción, nueva liquidación y vía judicial disponible.
Guía de decisión
Errores que encarecen el expediente
- Presentar reposición y reclamación económico-administrativa simultáneamente.
- Confundir pago, aplazamiento y suspensión.
- Recurrir solo el fondo y dejar que la deuda entre en vía ejecutiva sin decisión consciente.
- Tratar una derivación de responsabilidad como si fuera una liquidación ordinaria.
- No conservar el expediente electrónico ni el justificante de registro.
- Esperar al contencioso para organizar la prueba.
Guía de decisión
Modelos y guías para continuar
Preguntas frecuentes
Respuestas antes de decidir.
¿Reposición y TEAR son dos pasos obligatorios?
No. La reposición tributaria es potestativa. Si se interpone, debe preceder a la reclamación económico-administrativa y no pueden tramitarse simultáneamente contra el mismo acto.
¿Recurrir paraliza el cobro?
No por sí solo. La suspensión requiere una solicitud y el cumplimiento del régimen aplicable; la LGT regula garantías y supuestos específicos.
¿Puedo recurrir y pagar?
Pago, aplazamiento y suspensión producen efectos diferentes. La decisión debe coordinarse con el recurso, el periodo voluntario y la posible devolución si el acto se anula.
Fuentes oficiales revisadas: Ley General Tributaria, artículos 222 a 249; Reglamento de revisión en vía administrativa; Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Información general revisada a 13 de septiembre de 2026. Los plazos, el órgano y la estrategia dependen de la notificación, la norma especial y los hechos del expediente.
Cuando el plazo ya corre
Envíanos la resolución completa y la fecha de notificación.
La consulta sirve para identificar la vía, los documentos que faltan y el siguiente paso. Si el asunto continúa, recibirás por escrito el profesional responsable, el alcance y el precio.
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