Administrativo · Modelo editable

Solicitud de acceso a información pública

Pedir documentos o contenidos públicos existentes, con alcance definido y alternativas de acceso parcial.

Revisado el 13 de septiembre de 2026 · Información jurídica general

El documento separa el texto editable de la guía de revisión. Completa solo hechos y datos comprobados, elimina las alternativas que no correspondan y conserva prueba de la entrega.

Qué incluye

  • AL ÓRGANO O UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE [ENTIDAD]
  • EXPONE
  • SOLICITA

Qué debes reunir

  • Identificación
  • descripción suficientemente precisa
  • período y formato
  • referencias de documentos si se conocen
  • no es necesario aportar una motivación personal.
Trabaja sobre una copia

Renombra el archivo, completa los campos señalados y guarda una versión limpia y el justificante.

Descargar .docx

Cuándo exige especial cuidado

  • Expediente en curso en el que se tiene condición de interesado; ejercicio de protección de datos; petición de asesoramiento, explicación nueva o elaboración no exigible.
  • Ámbito general de la Ley 39/2015. Comprobar normativa sectorial, autonómica y local, órgano competente, fase y notificación íntegra. Usar el formulario específico cuando sea obligatorio. Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente deben emplear el registro electrónico adecuado; conservar justificante y anexos. No es una demanda contencioso-administrativa.

Revisión profesional y presentación: Portal de transparencia o registro del sujeto obligado; formulario oficial cuando sea exigible y mecanismo de identificación del portal. Comprueba siempre si existe formulario o sede obligatoria.

Cómo adaptar el escrito y dónde presentarlo

  1. Pide contenidos o documentos existentes con un objeto y período definidos. No necesitas justificar un interés personal; sí debes permitir identificar la información y al órgano que la tiene (art. 17 de la Ley 19/2013).
  2. Si eres interesado en un expediente administrativo en curso y pides sus documentos, utiliza la vía de acceso al expediente. No sustituyas esa petición por transparencia sin comprobar el régimen aplicable.
  3. Si la respuesta deniega o limita el acceso, o no llega respuesta, revisa la reclamación de transparencia y el órgano competente. El Consejo de Transparencia explica competencia, plazos y canales y publica sus formularios oficiales. No todos los asuntos autonómicos o locales corresponden a ese Consejo.

Presenta la solicitud en el portal o registro del sujeto que posee la información y conserva el objeto solicitado, el registro y la respuesta. Los formularios de reclamación del Consejo sirven para esa fase posterior, no para sustituir la solicitud inicial.

Fuentes oficiales

Revisión documental: 13 de septiembre de 2026. La descarga no crea una relación abogado-cliente ni garantiza la admisión o el resultado.

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