El documento separa el texto editable de la guía de revisión. Completa solo hechos y datos comprobados, elimina las alternativas que no correspondan y conserva prueba de la entrega.
Qué incluye
- ESCRITO DE APOYO A LA SOLICITUD DE CANCELACIÓN
- AL MINISTERIO COMPETENTE EN MATERIA DE JUSTICIA — REGISTRO CENTRAL DE PENADOS
- EXPONE
- SOLICITA
Qué debes reunir
- Identificación y documentación de representación, si actúa otra persona.
- Sentencia firme y datos de ejecutoria.
- Resolución o certificación judicial de cumplimiento/extinción, liquidación de condena y, si procede, remisión definitiva.
- Relación de todas las condenas y resoluciones posteriores.
Renombra el archivo, completa los campos señalados y guarda una versión limpia y el justificante.
Cuándo exige especial cuidado
- No sustituye el formulario electrónico de la sede, no es un certificado de antecedentes ni cancela antecedentes policiales, inscripciones de menores o registros sexuales con régimen propio.
- Confundir cancelación con certificado, indulto o antecedentes policiales.
- Olvidar penas accesorias, nuevas condenas o la regla especial de suspensión.
- Exigir el pago de responsabilidad civil como requisito autónomo que el art. 136 vigente no contiene; su cumplimiento puede tener consecuencias en la ejecución que deben revisarse.
- Dar por concedida la cancelación por silencio o por el simple envío de esta plantilla.
Destino o canal habitual: Abogado si hay varias penas, suspensión, nuevos delitos, medidas de seguridad, condenas extranjeras, necesidades de extranjería, denegación o falta de respuesta. No se exige abogado, procurador o notario para iniciar la solicitud personal ordinaria; sí debe acreditarse la representación utilizada.. Comprueba siempre si existe formulario o sede obligatoria.
Fuentes oficiales
- Abrir recurso oficial
- Ley Orgánica 10/1995, Código Penal
- Real Decreto 95/2009, registros de apoyo a la Administración de Justicia
- Formulario 790: trámites a los que corresponde
Revisión documental: 13 de septiembre de 2026. La descarga no crea una relación abogado-cliente ni garantiza la admisión o el resultado.