El documento separa el texto editable de la guía de revisión. Completa solo hechos y datos comprobados, elimina las alternativas que no correspondan y conserva prueba de la entrega.
Qué incluye
- A D./D.ª [PERSONA OBLIGADA A LA ENTREGA / ALBACEA CON FACULTAD SUFICIENTE]
- EXPONE
- SOLICITA
Qué debes reunir
- Defunción, últimas voluntades y copia autorizada del testamento.
- Identificación del legatario y del obligado o albacea, con sus facultades.
- Título, descripción registral o identificación precisa del bien.
- Prueba del cumplimiento de condiciones y comunicaciones previas, si existen.
Renombra el archivo, completa los campos señalados y guarda una versión limpia y el justificante.
Cuándo exige especial cuidado
- No sustituye la escritura o actuación exigible, no autoriza ocupar el bien y no resuelve reducciones, ineficacia del legado o derechos preferentes.
- Tomar posesión unilateral porque el testamento menciona el bien.
- Reclamar intereses automáticos desde el fallecimiento sin distinguir clase de legado y disposiciones aplicables.
- Ignorar legítimas, acreedores o condiciones del testamento.
- Firmar un recibí general antes de comprobar la entrega, cargas y alcance.
Destino o canal habitual: Abogado si se discuten validez, condiciones, persona obligada, reducción, titularidad o prescripción. Notario en la entrega y formalización inmobiliaria que corresponda; el procurador intervendrá en el procedimiento judicial que lo requiera.. Comprueba siempre si existe formulario o sede obligatoria.
Fuentes oficiales
- Código Civil
- Ley Orgánica 1/2025, eficiencia del Servicio Público de Justicia
- Ley Hipotecaria
- Reglamento (UE) 650/2012, sucesiones internacionales
- Real Decreto 1629/1991, Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Revisión documental: 13 de septiembre de 2026. La descarga no crea una relación abogado-cliente ni garantiza la admisión o el resultado.