Extranjería · Recursos del despacho

Reunir a la familia de una persona refugiada o con protección subsidiaria

Extensión del estatuto o reagrupación, prueba familiar y canal oficial según dónde se encuentre la familia.

La protección concedida determina este recorrido

Esta vía se dirige a familiares de personas reconocidas como refugiadas o beneficiarias de protección subsidiaria. Una solicitud de asilo pendiente, una residencia humanitaria y la protección temporal son situaciones distintas. Aporta la resolución completa antes de decidir el procedimiento.

La extensión transmite protección en los términos legales; la reagrupación permite la autorización familiar sin pedir la extensión del estatuto. Cuando las nacionalidades son distintas se aplica la reagrupación, no la extensión. La familia contemplada por los artículos 40 y 41 exige estudiar vínculo, edad, dependencia, convivencia y las exclusiones de protección.

Quiénes pueden incluirse y cómo probarlo

Se examinan ascendientes de primer grado dependientes, descendientes de primer grado menores, cónyuge o pareja y los supuestos de persona adulta responsable de un menor no casado. Otros familiares requieren acreditar suficientemente dependencia y convivencia previa en origen. La lista amplia de parentescos del formulario no convierte a todos esos parientes en beneficiarios automáticos.

Ordena identidad, parentesco y, cuando proceda, transferencias, convivencia anterior y explicación de la dependencia. Si es objetivamente imposible conseguir o legalizar un documento, documenta el motivo y consulta las alternativas previstas por Interior; no inventes un certificado ni contactes a autoridades de origen sin valorar el riesgo para la persona protegida. Las pruebas adicionales deben seguir los requerimientos del expediente.

Familia fuera de España y familia que ya está aquí

El formulario oficial actualizado en septiembre de 2026 está destinado a familiares que se encuentran fuera de España. La nota oficial de junio indica que la persona beneficiaria inicia en España el expediente mediante registro, identifica su número de protección y aporta cada documento en un PDF independiente. Señala como destinataria la Subdirección General de Relaciones Institucionales e Información de Protección Internacional, código EA0019195; comprueba el código en la versión vigente al presentar.

El propio formulario remite a una comisaría habilitada cuando la familia ya está en España. La página general menciona la reagrupación aunque el familiar se encuentre aquí, pero eso no convierte el formulario exterior en un canal válido para ambos casos. Sigue la instrucción específica de presentación y pide valoración si hay dudas.

Seguimiento, consulado y protección de la información

Incluye domicilio y contactos seguros de todos los familiares y el consulado al que podrían acudir. Aporta representación si interviene otra persona. Tras una concesión, sigue la convocatoria consular y la documentación de viaje o visado que corresponda; registrar la petición no autoriza por sí solo a viajar.

Interior separa la información de solicitudes formalizadas antes y desde el 12 de junio de 2026. Enlazamos ambos recorridos y la nota vigente. Revisa la resolución, su fecha y el canal de notificación antes de trasladar reglas de otro expediente. No apliques automáticamente los ingresos o vivienda del régimen general ni prometas un plazo de concesión que no conste.

Los procedimientos de protección internacional son gratuitos. Los honorarios por revisión o representación privada del despacho son un servicio distinto, con alcance acordado. La ficha solo prepara datos y documentos para esa revisión.

Documentos que conviene preparar

  • Resolución de protección y número de expediente del reagrupante
  • Identidad, ubicación y contactos seguros de cada familiar
  • Documentos de parentesco y dependencia o convivencia exigibles
  • Explicación acreditada de documentos imposibles de obtener
  • Formulario oficial vigente, representación y recibo del registro

Formulario y canal oficiales

Abre la fuente oficial para descargar la versión vigente y comprobar el procedimiento. La ficha del despacho prepara información y no sustituye el impreso oficial cuando sea obligatorio.

Ver el directorio de formularios oficiales por finalidad.

Ejemplo ficticio

Caso ficticio: una persona con protección subsidiaria quiere reunir a su madre dependiente de otra nacionalidad que vive fuera. Se estudia la reagrupación y su prueba; no se tramita como extensión del estatuto por compartir apellido.

Preguntas habituales

¿Se exige el mismo IPREM y vivienda que en reagrupación general?

La Ley 12/2009 contempla un régimen propio. No deben importarse automáticamente los requisitos de extranjería del régimen general.

¿Puedo usar el formulario exterior si mi familiar ya está en España?

El formulario oficial actual remite en ese caso a una comisaría habilitada. Hay que seguir el canal que corresponda a su situación.

Guías fichas y herramientas relacionadas

Fuentes oficiales

Información general consultada el 15 de octubre de 2026. La vía, prueba y actuaciones deben ajustarse a los hechos y normas aplicables.

Revisión con abogado

Prepara el siguiente paso con el despacho

Reúne los documentos de tu situación y una cronología de los hechos. Podemos revisar la vía, la prueba disponible y la actuación que corresponda a tu situación.

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* La documentación especialmente voluminosa o compleja puede requerir un presupuesto adicional, que se comunicará para su aceptación antes de realizar ese trabajo.

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