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El contrato es el PDF oficial del SEPE. Los Word son anexos de apoyo; no sustituyen ese contrato ni tramitan el alta.
Pérez & Burgos Abogados · Revisado el
Para qué contratación sirven estos documentos
La relación especial del hogar familiar cubre servicios retribuidos en ese ámbito, como limpieza, cocina o cuidado de miembros de la familia. No debe utilizarse sin revisión para una empresa de servicios, una actividad profesional distinta o una relación que pertenezca al régimen laboral común.
El contrato indefinido puede ser a jornada completa o parcial. Una jornada reducida no justifica por sí sola un contrato temporal: la temporalidad exige una causa legal y un modelo adecuado. En esta página enlazamos el contrato indefinido oficial, no un contrato temporal genérico.
Descargar el contrato oficial del SEPE
Utiliza el PDF de contrato indefinido vigente del SEPE: completa sus páginas comunes y las cláusulas específicas del servicio del hogar familiar. En la versión comprobada, estas cláusulas están en la página 17 del PDF; no basta con firmar esa página aislada.
Comprueba datos de las partes, fecha de inicio, domicilio de trabajo, tareas, jornada, retribución y pagas. El apartado de hogar permite reflejar presencia, pernocta y prestaciones en especie cuando realmente se pacten. El índice del SEPE permite localizar una versión nueva si cambia el documento.
Anexos editables del despacho, no impresos oficiales
Los siguientes Word son apoyos complementarios. No sustituyen el contrato del SEPE, el alta ni el cálculo individual de las cotizaciones. El texto a completar y las instrucciones de uso están separados.
Salario mínimo de una empleada de hogar en 2026
Para 40 horas semanales de trabajo efectivo, el salario mínimo es de 1.221 € brutos al mes en 14 pagas: 17.094 € al año. Con las dos extras prorrateadas equivale a 1.424,50 € brutos al mes en 12 pagas. Para una jornada parcial estable se aplica la proporción de jornada. Son mínimos en dinero, antes de las deducciones legales que correspondan; el salario pactado puede ser superior.
La referencia especial de 9,55 € por hora efectivamente trabajada corresponde al empleo de hogar por horas en régimen externo y ya incorpora los conceptos retributivos previstos para esa modalidad. No se debe aplicar automáticamente a toda persona externa que trabaje pocas horas: una jornada parcial estable también puede tener salario mensual, pagas y vacaciones propias. Aclara primero el tipo de relación y cómo se distribuye la jornada.
El salario bruto, el importe líquido que recibe la trabajadora y el coste total para quien emplea son tres cifras distintas. Las cotizaciones a cargo del empleador no son una deducción del salario de la trabajadora.
Salario mensual o por horas: ejemplos sin duplicar pagas
La modalidad debe constar en el contrato. Trabajar a tiempo parcial o no dormir en la vivienda no obliga por sí solo a cobrar por horas. Para un salario mensual, calcula la proporción respecto a las 40 horas semanales y elige 14 pagas o 12 con las extras prorrateadas. En el precio mínimo por hora externa, 9,55 € en 2026, ya se incluyen los conceptos de descanso, vacaciones y pagas extraordinarias de esa modalidad: no vuelvas a añadirlos.
| Trabajo efectivo semanal | Cada una de 14 pagas | Mensual en 12 pagas | Bruto anual mínimo |
|---|---|---|---|
| 40 horas | 1.221 € | 1.424,50 € | 17.094 € |
| 20 horas | 610,50 € | 712,25 € | 8.547 € |
| 10 horas | 305,25 € | 356,13 €* | 4.273,50 € |
*El prorrateo exacto de 10 horas es 356,125 €; al trabajar con céntimos se ajusta el cómputo anual. Son ejemplos de salario mensual durante un año completo, sin otros complementos ni presencia; no tablas de cotización ni de salario neto.
Si la modalidad pactada es por horas externas y se prestan 12 horas efectivas a 9,55 €, el bruto por esas horas es 114,60 €. No se suman otra vez unas extras ya incluidas en ese precio. La presencia, el alta y el derecho a disfrutar vacaciones deben tratarse por separado.
Si vive y duerme en la casa: comida, alojamiento y salario en especie
Ser interna no permite pagar menos del SMI en dinero. Aunque se facilite habitación o comida, la persona trabajadora debe recibir al menos el mínimo legal en metálico para su jornada. Por ejemplo, con 40 horas y pagas prorrateadas, no sería correcto anunciar 1.424,50 € y después descontar 200 € por la habitación: quedaría por debajo de los 1.424,50 € que deben abonarse en dinero.
El alojamiento o la manutención solo pueden valorarse como salario en especie si realmente se pactan como parte de la retribución, se identifican y valoran de forma justificada, y el pago en dinero sigue alcanzando el SMI. Además, la suma de las deducciones en especie no puede superar el 30 % del salario total. No existe una tarifa legal fija por dormir una noche en el domicilio ni puede convertirse la mera pernocta, por sí sola, en un descuento automático.
Ejemplo sencillo: un salario pactado de 1.700 € al mes, con 1.500 € en dinero y 200 € en alojamiento, supera el mínimo mensual en dinero de 2026 para jornada completa con extras prorrateadas y mantiene la parte en especie por debajo del 30 %. No significa que 200 € sea siempre una valoración admisible: hay que comprobar el alojamiento real, el pacto, las pagas y el resto de condiciones. Si el alojamiento es una necesidad impuesta para poder atender el servicio, su calificación exige especial revisión.
Interna, externa, presencia y pernocta: qué tiempo se paga
La jornada ordinaria máxima es de 40 horas semanales de trabajo efectivo. Interna significa que reside en el hogar donde trabaja; externa significa que no reside allí. Ninguna de las dos modalidades convierte las 24 horas del día en jornada de trabajo. El contrato debe concretar horario, tareas, presencia pactada, forma de compensarla y régimen de pernocta.
El tiempo de presencia es tiempo a disposición de la persona empleadora fuera del trabajo efectivo ordinario. Debe pactarse y compensarse con descanso retribuido equivalente o pagarse al menos al valor de una hora ordinaria. Si se paga en vez de compensarse con descanso, no puede superar 20 horas semanales de promedio en un mes. Si durante la supuesta presencia se realizan tareas, hay que registrar y calificar ese trabajo real; no basta con llamarlo «presencia».
Dormir en la vivienda no es automáticamente una hora de trabajo, de presencia pagada ni un salario en especie deducible. Importa si la trabajadora puede descansar de verdad o debe atender llamadas, levantarse para cuidar a alguien o permanecer disponible por pacto. Las intervenciones nocturnas y el tiempo a disposición se valoran según lo que realmente ocurra y se haya acordado. Si las restricciones impiden descansar de verdad, puede ser necesario revisar la calificación del periodo completo, no solo los minutos de atención. Una persona interna no está obligada a permanecer en la casa después de la jornada y la presencia pactada.
El descanso entre jornadas es, como regla, de 12 horas. Para personas internas puede reducirse a 10, compensando la diferencia hasta 12 en periodos de hasta cuatro semanas. La interna dispone además de dos horas diarias para las comidas principales que no cuentan como trabajo, de 36 horas consecutivas de descanso semanal y de 30 días naturales de vacaciones anuales. Un registro de jornada debe reflejar las horas reales, pausas y actuaciones nocturnas; el TJUE ha rechazado excluir el empleo doméstico de un sistema objetivo para medir la jornada diaria.
Vacaciones de una interna o externa
El derecho anual es de 30 días naturales, proporcional al tiempo de prestación, también a tiempo parcial. Puede dividirse en periodos, con al menos uno de 15 días consecutivos. Las fechas se acuerdan; sin pacto, la persona empleadora fija 15 días según sus necesidades familiares y la trabajadora el resto. Las fechas deben conocerse dos meses antes, también cuando se acuerdan.
Durante las vacaciones no hay obligación de residir en el domicilio familiar ni de acompañar a la familia. En salario mensual se mantiene la retribución correspondiente; en la modalidad por hora externa, que incorpora su remuneración, sigue existiendo el derecho al descanso. El salario en especie y la pernocta no sustituyen las vacaciones.
Cuánto cuesta contratar: salario, cotización y gestión
El coste no es solo el salario. Suma el salario bruto pactado, la parte empresarial de Seguridad Social y, cuando proceda, presencia remunerada u otros conceptos. La cuota cambia con la remuneración mensual computable, el tipo de contrato y las reducciones o bonificaciones aplicables. Las pagas extraordinarias se prorratean para determinar la base aunque se abonen en 14 mensualidades.
Para obtener una cifra actual de cuotas, utiliza el simulador oficial de Import@ss con la jornada, el salario y el contrato reales. Después añade la cuota empresarial al salario bruto para estimar el coste de contratación. El salario líquido de la trabajadora será otra cifra porque puede incluir su propia parte de cotización. La gestión profesional del contrato, el alta o las nóminas tiene honorarios distintos de esas cuotas oficiales y se presupuestará con el alcance por escrito.
Si buscas una interna con atención nocturna, un horario variable o varias personas empleadoras, no tomes como presupuesto una simple multiplicación de 9,55 € por horas: habrá que separar trabajo efectivo, presencia, descanso, salario en especie y cotización.
Alta antes de empezar y prevención de riesgos
La persona empleadora debe tramitar el alta antes del inicio, aunque la jornada sea de pocas horas. Si se trabaja para varios hogares, cada empleador tiene sus obligaciones por su relación laboral. Los cambios de condiciones deben comunicarse cuando corresponda.
La prevención no queda resuelta con una cláusula genérica: deben revisarse los riesgos del domicilio y de las tareas, las medidas y la información o formación exigibles conforme al Real Decreto 893/2024. No reutilices formularios antiguos que excluyan estas obligaciones.
La formación preventiva gratuita de empleo de hogar está disponible en eFundae: información y acceso al curso de cinco horas. Es una parte de la prevención, junto a la evaluación y las medidas adecuadas; firmar una cláusula o completar el curso no resuelve por sí solo todas las obligaciones.
¿Quieres que preparemos el alta, contrato y nóminas?
Podemos revisar las condiciones, preparar la documentación y, con representación válida para el canal oficial, gestionar el alta por el empleador. También podemos estudiar la confección posterior de recibos salariales y los cambios de jornada o salario. El certificado del profesional no sustituye por sí solo el apoderamiento ni la asignación del CCC en Sistema RED. Confirmamos alcance, vía y presupuesto antes del encargo.
Cómo funciona la gestión del alta de empleada de hogar → Solicitar ayuda con este trámite
Antes de firmar o cambiar las condiciones
Revisa con especial cuidado los cuidados nocturnos, las personas internas, los menores, las sustituciones, los cambios de domicilio o la finalización de la relación. No utilices una carta antigua de desistimiento como si siguiera siendo una vía libre de extinción.
Conserva contrato y anexos firmados, justificante de alta, recibos de salario, prueba de pago y registros de jornada. Si hay discrepancias, documenta la realidad antes de firmar un reconocimiento o finiquito.
Preguntas frecuentes
¿El contrato oficial es gratuito?
Sí. El SEPE ofrece gratuitamente sus modelos. Los anexos de esta página también se descargan sin cuenta, pero son recursos auxiliares del despacho, no formularios oficiales.
¿Hay que dar de alta por unas horas a la semana?
Sí. Una jornada reducida no elimina el alta. La persona empleadora debe tramitarla antes del inicio de la actividad.
¿Puedo usar el anexo como único contrato?
No es su finalidad. El anexo concreta condiciones y acompaña al contrato oficial; tampoco sustituye el alta ni las obligaciones preventivas.
¿La nómina calcula automáticamente las cuotas?
No. Es un recibo editable sin fórmulas ni tipos de cotización incorporados. Los importes deben comprobarse para el periodo y las condiciones concretas.
Fuentes oficiales y alcance
- Servicio del hogar familiar: Real Decreto 1620/2011
- Contrato indefinido oficial del SEPE (PDF, cláusulas de hogar)
- SEPE: modelos oficiales y guía de contratos
- SMI 2026: Real Decreto 126/2026
- Importass: alta, condiciones y trámites del empleo de hogar
- TJUE, asunto C-531/23: registro diario en el empleo de hogar
- Seguridad y salud en el hogar: Real Decreto 893/2024
Las fuentes oficiales y los documentos auxiliares cumplen funciones distintas. Descargarlos no presenta ningún trámite, no suspende plazos y no acredita que una petición vaya a prosperar. Comprueba la versión vigente, los hechos y la vía aplicable antes de actuar.