Pérez & Burgos Abogados · Revisado el
Para qué contratación sirven estos documentos
La relación especial del hogar familiar cubre servicios retribuidos en ese ámbito, como limpieza, cocina o cuidado de miembros de la familia. No debe utilizarse sin revisión para una empresa de servicios, una actividad profesional distinta o una relación que pertenezca al régimen laboral común.
El contrato indefinido puede ser a jornada completa o parcial. Una jornada reducida no justifica por sí sola un contrato temporal: la temporalidad exige una causa legal y un modelo adecuado. En esta página enlazamos el contrato indefinido oficial, no un contrato temporal genérico.
Descargar el contrato oficial del SEPE
Utiliza el PDF de contrato indefinido vigente del SEPE: completa sus páginas comunes y las cláusulas específicas del servicio del hogar familiar. En la versión comprobada, estas cláusulas están en la página 17 del PDF; no basta con firmar esa página aislada.
Comprueba datos de las partes, fecha de inicio, domicilio de trabajo, tareas, jornada, retribución y pagas. El apartado de hogar permite reflejar presencia, pernocta y prestaciones en especie cuando realmente se pacten. El índice del SEPE permite localizar una versión nueva si cambia el documento.
Anexos editables del despacho, no impresos oficiales
Los siguientes Word son apoyos complementarios. No sustituyen el contrato del SEPE, el alta ni el cálculo individual de las cotizaciones. El texto a completar y las instrucciones de uso están separados.
Salario mínimo, pagas y costes que no son lo mismo
En 2026 el SMI a jornada completa es de 1.221 euros brutos al mes en 14 pagas: 17.094 euros anuales. Si las pagas extraordinarias se prorratean, el equivalente mensual es de 1.424,50 euros. En una jornada parcial estable se aplica la proporción correspondiente.
El mínimo de 9,55 euros por hora para trabajo por horas en régimen externo incluye todos los conceptos retributivos. No debe elegirse automáticamente esa tarifa solo porque la jornada semanal sea pequeña: primero hay que identificar la modalidad real.
Salario bruto, líquido y coste de contratación son magnitudes distintas. La cuota empresarial es un coste adicional del empleador, no una deducción del salario de la persona trabajadora. La retribución en especie tiene límites y no puede reducir el mínimo legal que debe pagarse en dinero.
Trabajo efectivo, presencia y pernocta
La jornada ordinaria máxima es de 40 horas semanales de trabajo efectivo. El tiempo de presencia se pacta y se compensa: no permite ocultar trabajo real ni convertir a una persona interna en disponible las 24 horas.
Salvo compensación con descanso retribuido equivalente, la presencia no puede exceder de 20 horas semanales de promedio en un mes. Su remuneración no puede ser inferior a la de las horas ordinarias. También deben respetarse los descansos diarios y semanales y las vacaciones legales.
El descanso entre jornadas es, como regla, de 12 horas. Para personas internas puede reducirse a 10, compensando la diferencia hasta 12 en periodos de hasta cuatro semanas. El descanso semanal es de 36 horas consecutivas y las vacaciones son 30 días naturales al año. Deben concretarse sin confundirlas con presencia o disponibilidad.
El TJUE, en el asunto C-531/23 de 19 de diciembre de 2024, rechazó excluir el empleo doméstico de un sistema que permita medir la jornada diaria. El registro debe ser objetivo, fiable y accesible: anota horas reales, pausas e incidencias, no solo el horario previsto ni firmas en blanco.
Alta antes de empezar y prevención de riesgos
La persona empleadora debe tramitar el alta antes del inicio, aunque la jornada sea de pocas horas. Si se trabaja para varios hogares, cada empleador tiene sus obligaciones por su relación laboral. Los cambios de condiciones deben comunicarse cuando corresponda.
La prevención no queda resuelta con una cláusula genérica: deben revisarse los riesgos del domicilio y de las tareas, las medidas y la información o formación exigibles conforme al Real Decreto 893/2024. No reutilices formularios antiguos que excluyan estas obligaciones.
Antes de firmar o cambiar las condiciones
Revisa con especial cuidado los cuidados nocturnos, las personas internas, los menores, las sustituciones, los cambios de domicilio o la finalización de la relación. No utilices una carta antigua de desistimiento como si siguiera siendo una vía libre de extinción.
Conserva contrato y anexos firmados, justificante de alta, recibos de salario, prueba de pago y registros de jornada. Si hay discrepancias, documenta la realidad antes de firmar un reconocimiento o finiquito.
Preguntas frecuentes
¿El contrato oficial es gratuito?
Sí. El SEPE ofrece gratuitamente sus modelos. Los anexos de esta página también se descargan sin cuenta, pero son recursos auxiliares del despacho, no formularios oficiales.
¿Hay que dar de alta por unas horas a la semana?
Sí. Una jornada reducida no elimina el alta. La persona empleadora debe tramitarla antes del inicio de la actividad.
¿Puedo usar el anexo como único contrato?
No es su finalidad. El anexo concreta condiciones y acompaña al contrato oficial; tampoco sustituye el alta ni las obligaciones preventivas.
¿La nómina calcula automáticamente las cuotas?
No. Es un recibo editable sin fórmulas ni tipos de cotización incorporados. Los importes deben comprobarse para el periodo y las condiciones concretas.
Fuentes oficiales y alcance
- Servicio del hogar familiar: Real Decreto 1620/2011
- Contrato indefinido oficial del SEPE (PDF, cláusulas de hogar)
- SEPE: modelos oficiales y guía de contratos
- SMI 2026: Real Decreto 126/2026
- Importass: alta, condiciones y trámites del empleo de hogar
- TJUE, asunto C-531/23: registro diario en el empleo de hogar
- Seguridad y salud en el hogar: Real Decreto 893/2024
Las fuentes oficiales y los documentos auxiliares cumplen funciones distintas. Descargarlos no presenta ningún trámite, no suspende plazos y no acredita que una petición vaya a prosperar. Comprueba la versión vigente, los hechos y la vía aplicable antes de actuar.